Información Útil

Res. ENARGAS Nº 125/2020 - Información para usuarios inquilinos


La resolución del Ente Regulador dispone que “los usuarios inquilinos de hoteles familiares, hoteles residenciales y casas de pensión, podrán solicitar a las empresas prestadoras la información sobre el consumo del titular del servicio del inmueble donde habitan”.


Ley N°27.637 – Régimen de Zona Fría


¿Que establece la nueva Ley?

  • 1- Prorroga el plazo de vigencia de lo establecido en el artículo 75 de la ley 25.565 hasta el 31 de diciembre de 2031.
  • El Articulo N° 75 Ley 25.565 establece la creación del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas, con el objeto de financiar: a) las compensaciones tarifarias para la zona Sur del país y del Departamento Malargüe de la Provincia de Mendoza, que las distribuidoras o Subdistribuidoras zonales de Gas Natural y Gas Licuado de Petróleo de uso domiciliario, deberán percibir por la aplicación de tarifas diferenciales a los consumos residenciales, y b) la venta para uso domiciliario de cilindros, garrafas, o gas licuado de petróleo en las Provincias ubicadas en la Región Patagónica y del Departamento Malargüe de la Provincia de Mendoza.
  • 2- Amplía el beneficio establecido en el punto anterior a la totalidad de las regiones, provincias, departamentos y localidades de las subzonas IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V y VI segun el siguiente mapa
  • Mapa Regiones

¿Cuáles son los Departamentos actualmente abastecidos por Ecogas, incluidos en las Zonas Bio-Ambientales alcanzadas por la nueva Ley?

  • Provincia de Catamarca: Belén, Tinogasta.
  • Provincia de Córdoba: Calamuchita, Capital, General Roca, General San Martín, Juárez Celman, Marcos Juárez, Pte. Roque Sáenz Peña, Río Cuarto, Río Segundo, San Javier, Santa María, Tercero Arriba, Unión.
  • Provincia de Mendoza: Capital, General Alvear, Godoy Cruz, Guaymallén, Junín, La Paz, Las Heras, Lavalle, Luján de Cuyo, Maipú, Malargüe, Rivadavia, San Carlos, San Martín, San Rafael, Santa Rosa, Tunuyán, Tupungato. Provincia de La Rioja: Coronel Felipe Varela, General Lamadrid, Vinchina.
  • Provincia de San Juan: 9 de julio, Albardón, Capital, Chimbas, Pocito, Rawson, Rivadavia, Santa Lucía. Provincia de San Luis: Chacabuco, Coronel Pringles, General Pedernera, Junín, La Capital.

¿Cuáles serán los cuadros tarifarios que aplicarán a las nuevas Zonas incorporadas en el régimen?

  • 1- Usuarios Residenciales y Servicio General “P”: Para las nuevas regiones, provincias, departamentos y localidades que se incorporan al nuevo régimen, los cuadros tarifarios diferenciales para los usuarios residenciales del servicio de gas natural por redes y gas propano indiluido y todos los usuarios del servicio general P de aquellas localidades abastecidas con gas propano indiluido por redes que se apliquen en el marco de este régimen serán equivalentes al setenta por ciento (70%) de los cuadros tarifarios plenos establecidos por el ENARGAS, lo cual significa un cuadro inferior en un 30% del cuadro tarifario pleno aplicable a regiones no subsidiadas.
  • 2- Usuarios con Tarifa Social y Otros: A los usuarios que actualmente se encuentren inscriptos y alcanzados por el régimen de Tarifa Social y aquellos usuarios residenciales que actualmente satisfagan alguno de los criterios de elegibilidad que describe la norma y que seguidamente se identifican, se les aplicará un cuadro tarifario equivalente al cincuenta por ciento (50%) del cuadro tarifario pleno establecido por el ENARGAS: Titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo. Titulares de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a cuatro (4) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil. Usuarios y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social. Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a cuatro (4) Salarios Mínimos Vitales y Móviles. Trabajadores y trabajadoras monotributista inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en cuatro (4) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil. Usuarios y usuarias que perciben seguro de desempleo. Electrodependientes, beneficiarios y beneficiarias de la ley 27.351. Usuarios y usuarias incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares de la ley 26.844. Exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza. Titulares de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
  • 3- Entidades de bien público, Asociaciones civiles y Comedores Comunitarios: A los consumos que realicen las entidades de bien público, de acuerdo a la ley 27.218, las Asociaciones civiles con ingresos ordinarios anuales menores a la Categoría “G” del Régimen del Monotributo y Comedores comunitarios con o sin personería jurídica, reconocidos en su jurisdicción provincial o municipal o que estén inscriptos en el Registro Nacional de Comedores y Merenderos Comunitarios de Organizaciones de la Sociedad Civil (RENACOM), se les aplicará un cuadro tarifario equivalente al cincuenta por ciento (50%) del cuadro tarifario pleno vigente establecido por el ENARGAS. El proceso de inscripción y otorgamiento del beneficio del 50% de subsidio, es completamente ajeno a Ecogas. Para mayor información, sugerimos visitar los siguientes sitios web: www.enargas.gob.ar o www.anses.gob.ar Nota: La tarifa diferencial establecida en la presente Ley no excluye los beneficios otorgados por otras normas.

¿Cuál es la situación de las zonas no abastecidas actualmente con gas natural por redes e incluidas en el Anexo 1 (mapa) de la Ley N°27.637?

  • Las localidades que se encuentren dentro de las subzonas detalladas y que en un futuro sean abastecidas por el servicio público de gas natural por redes y gas propano indiluido por redes obtendrán en forma automática los beneficios establecidos por la norma. Para mayor información, dirigirse a: https://www.enargas.gob.ar/secciones/zona-fria/consulta-localidad.php O comunicarse al 0800-333-444.

Consejos útiles


Consejos para vos

  • Nunca uses las hornallas y/o el horno para calefaccionar los ambientes
  • Usá el horno con moderación (el gasto de gas de 1 horno equivale al de 3 hornallas chicas).
  • Cociná con la olla tapada y reducí la llama cuando se llegue al punto de hervor.
  • Ajustá la llama de las hornallas al diámetro del fondo de los recipientes y manténelos tapados. La llama que sobresale no aporta mayor calor al recipiente y si está destapado se pierde temperatura.
  • Cuando alcance el punto de ebullición, disminuya la llama. Cuando alcance el punto de cocción, apáguela.
  • Controlá que la llama sea siempre azul y de aspecto uniforme. Si tiene tonalidades amarillas, puede estar produciendo monóxido de carbono.
  • Hacer un uso racional de la energía, no significa usarlo menos, sino usarlo bien, sin derrocharlo.

Programa de prevención de daños


El Programa de Prevención de Daños (PPD) es nuestro programa preventivo orientado a todos los involucrados en tareas de excavación en la vía pública (Municipios, Organismos Públicos, Empresas de Servicios, Cooperativas, Particulares) que puedan poner en peligro la seguridad, la salud de las personas y el medio ambiente. Desde Energía San Luis brindamos información de la ubicación de las instalaciones de gas y asistencia especializada, sin cargo, a todo aquel que haya informado el comienzo de una apertura en calles y/o veredas.

COMUNÍCATE CON NOSOTROS SI ESTAS POR REALIZAR ALGUNA DE LAS SIGUIENTES TAREAS

  • Colocar cestos para residuos, postes y/o columnas
  • Plantar o extraer un árbol y/o raíces
  • Conectar cloacas
  • Demoler o refaccionar viviendas
  • Renovar cañerías pluviales
  • Obras de pavimentación, pluviales, desagües, sumideros, entre otras.
  • Obras de Infraestructura vial (puentes, distribuidores, pasos bajo nivel, entre otras)
  • Trabajos de reparación de redes de servicios (agua, eléctricos, cloaca, telefónicos, fibra óptica, entre otros)
  • Tendido de cloacas, cañerías de agua potable y redes eléctricas
  • Montaje de postes (videocable, eléctricos)
  • Cualquier obra que requiera realizar excavaciones en la vía pública

¿QUÉ HAY QUE TENER EN CUENTA AL MOMENTO DE EXCAVAR?

  • La proximidad con las redes de Energía San Luis.
  • No realices excavaciones cercanas a cañerías sin antes dar aviso al sector de Prevención de Daños de energía San Luis.
  • No utilices maquinarias ni herramientas de excavación dentro de los 50 cm próximos a instalaciones de gas.
  • Ante la presencia de interferencias con cañerías deEnergía San Luis, asesorate sin cargo con los experimentados analistas del área de Prevención, que te aportarán ideas y soluciones para tu proyecto.
  • Siempre solicitá información de ubicación de cañerías antes de excavar.

¿CÓMO ACTUAR ANTE UN ESCAPE DE GAS?

  • Llamá al 0800 999 1080, línea de emergencias de Energía San Luis.
  • No intentés detener la pérdida.
  • Alejá al personal de la zona.
  • En caso de encontrarse en el lugar un Analista de Prevención de Daños, avisalé de inmediato.

ESTOS TRÁMITES SON TOTALMENTE GRATUITOS.


Monóxido de Carbono


Es una sustancia nociva, producto de la mala combustión en los artefactos que funcionan a kerosene, carbón, gas o leña. La mala combustión se produce por la incorrecta instalación de los artefactos, su falta de mantenimiento o insuficiente ventilación.

NO SE PUEDE VER

NO SE PUEDE OLER

NO SE PUEDE OIR

Síntomas

Dolor de cabeza, náuseas y vómitos, mareos, debilidad, cansancio y/o pérdidad de conocimiento.

¿Cómo actuar?

Abrir puertas y ventanas para ventilar muy bien el ambiente.

Cerrar completamente y controlar todas la llaves de gas.

Llevar a la persona afectada a un espacio abierto para oxigenarla.

Mantener la calma y llamar al 911 para asistencia médica.

Quedarse junto a la persona hasta que llegue asistencia médica.

Consejos